English - Ingles
Inicio arrow Bloc arrow LOS PRINCIPIOS Saturday, 31 July 31America/Denver 2010  
 
Buscar
Eventos
PRESENTACIÓN DEL LIBRO: PERÚ Y CHILE DESDE LAS CENIZAS  
 Image 

El autor del libro es el Dr. Blasco Peñaherrera Padilla, este evento se llevo a cabo el miércoles 28 de julio del presente año en el Salón de la Ciudad, Muy Ilustre Municipio de Guayaquil.     

 Más información
Tribuna Liberal
http://www.ieep.org.ec/images/stories/Tribuna.jpg
Más información
Secciones
Ideas de Libertad
No. 121 RESPUESTA AL DISCURSO DE LA SEÑORA PRESIDENTE  
 Image El IEEP se complace en presentar en esta edición de su serie Ideas de Libertad, un artículo de Gabriel Zanotti publicado en www.gzanotti.blogspot.com. Este trabajo es en respuesta al discurso de la Presidenta argentina Cristina Fernández de Kirchner emitido el 1º de marzo del 2009. Agradecemos al autor por autorizarnos a publicar este ensayo.
Más información
Revista Perspectiva
EDICIÓN # 23: DEL EMPRENDEDOR AL EMPRESARIO

En esta edición de revista Perspectiva analizaremos el emprendimiento como una  fuerza que mueve, aun en condiciones adversas, los factores de producción hacia la creación de bienes y servicios más útiles para la sociedad.

Adquiérala...
Evolución y Cambio
No. 16: LIBERALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS DEL ESTADO
Image En este seminario se analizaron los problemas por los que atraviesan las empresas del Estado, y se plantearon soluciones para las cuatro áreas analizadas: Petróleos, energía eléctrica, telecomunicaciones y aduanas.
Más Información
Publicaciones del IEEP

ECONOMÍA DEL SENTIDO COMÚN

 

 
Explore de forma sencilla y amena los principios básicos de económia y los elementos claves que explican como los países crean riqueza debido a los incentivos del mercado, y la oportunidad que tiene la gente de desarrollar sus iniciativas 
Más información 
Clásicos de la Libertad
EL ESTADO
Image Yo quisiera que se creara un premio, no de quinientos francos, sino de un millón, con coronas, cruz y cinta en favor de aquél que diera una definición buena, simple e inteligible de esta palabra: "Estado".
Más información
Buscar en WIKIPEDIA

Buscar en Wikipedia



LOS PRINCIPIOS PDF Imprimir E-Mail
escrito por Fabi?n Corral B. - El Comercio   
viernes, 02 de marzo de 2007
Image El Estado de Derecho no es una idea nacida de coyunturas electorales  ni de la proclama de un caudillo o de un partido; es el resultado de una cultura, que en países como el Ecuador  se deforma y se pervierte. Veamos algunos de esos principios.

Cuando los lugares comunes, las generalizaciones, los prejuicios y las confusiones derivadas de la escasa o ninguna formación jurídica han llegado a su ‘plenitud’, en la que cualquier razonamiento tiene el espacio que le conceden los ‘recursos mediáticos’ y la improvisación, es necesario recordar que el Estado de Derecho, el Constitucionalismo y otros términos a los que la vulgarización ha devaluado hasta despojarles  de contenido, tienen tras sí un conjunto de valores que la civilización occidental alcanzó con gran esfuerzo y a mucho costo. 

Esos valores se traducen en los principios del Estado de Derecho, que se inspiran  en el respeto a las libertades y a la dignidad de las personas, y, por cierto, en el recelo al poder político de todo origen, inclusive democrático, porque el poder siempre quiere ser más poder, por la lógica de concentración de facultades que usualmente  le acompaña.

El Estado de Derecho no es una idea nacida de coyunturas electorales  ni de la proclama de un caudillo o de un partido; es el resultado de una cultura, que en países como el Ecuador se deforma y se pervierte. Veamos algunos de esos principios.

1.- El principio de sujeción.- La nota que caracteriza al Estado de Derecho es esta: el poder está sometido a normas jurídicas preestablecidas. En este tipo de organización política, las personas obedecen a los principios y a las leyes, antes que a los funcionarios. En ese sistema, el poder político solo puede expresarse a través de actos sometidos a las leyes. Los gobernantes son esclavos de las leyes, para evitar que los ciudadanos se transformen en esclavos de los poderosos, de los arbitrarios y de los dictadores. Regis Debray dijo alguna vez que en el Estado de Derecho, “la Constitución está por encima de los jefes”.

Por lo mismo, ninguna función está exenta de cumplir la Constitución y la Ley.  Cualquier afectación a este principio o la superposición de los actos  del poder por sobre las normas, nos indican que el Estado de Derecho ya no rige, porque en tal sistema los gobernantes son simples ejecutores de las normas, y porque incluso la reforma de ellas está sometida a  procedimientos legales preestablecidos, sin que tal reforma quede librada a la voluntad   de quien ejerce el poder.

2.- El principio de limitación.-  Como consecuencia de lo anterior, en el Estado de Derecho se ejerce sin excepción alguna un poder limitado, circunscrito por las leyes. No hay poderes absolutos o totales, ese concepto es contrario al sistema.  El principio de sujeción al que aludí antes, deriva precisamente en el de limitación. Las potestades públicas son fundamentalmente regladas y muy excepcionalmente discrecionales. Incluso la discrecionalidad -esto es, la posibilidad de que el Gobierno elija entre varias alternativas en un momento determinado-, opera exclusivamente entre las posibilidades que le marca la Ley. No hay, por tanto, discrecionalidad absoluta o abierta, ni en el orden gubernativo  ni en el ejercicio de la administración pública. 

Esto tiene un razón histórica: el Estado de Derecho fue una respuesta a la arbitrariedad del poder, a regímenes que atentaron contra las libertades  y que, en nombre del monarca, de la revolución, del pueblo o de la ideología sacrificaron la dignidad de los seres humanos.

3.- El principio de legalidad.-  En el Estado de Derecho es precepto básico aquel según el cual en el Gobierno y en la administración pública solo se puede hacer aquello que está expresamente mandado por la Constitución o la ley (art. 119 CP).  Hay aquí lo que también podría llamarse el “principio de atribución de potestades”, esto significa que los gobernantes y los funcionarios no tienen, en realidad, ‘derechos’, en el sentido civil del término, porque esos derechos inmanentes solo corresponden a las personas naturales, a los seres humanos en virtud de su dignidad.  Los mandatarios y, por cierto, los diputados comunes o constituyentes, tienen apenas ‘facultades’ derivadas de una norma legal que les atribuye o asigna tal poder.  Esto explica el hecho de que el Presidente de la República o del Congreso, cuando adoptan una decisión o expiden una norma legal o reglamentaria, siempre aluden al fundamento en el cual se basan; en eso consisten los llamados ‘considerandos’ y la fundamentación de las leyes, por ejemplo. No cabe por tanto que se acuda a conceptos teóricos, a doctrinas o a ideologías para fundamentar los actos de poder. Lo mismo ocurre con las sentencias judiciales, que deben fundarse en las leyes, en los contratos, convenios o tratados, y nunca en el puro arbitrio del juez o tribunal, tanto es así que si se viola  la Ley en la sentencia, cabe la aplicación de la casación y la anulación del fallo por ilegalidad.

4.- El principio de motivación.-   El art. 24, n. 13 de la CP recoge el principio de motivación cuando dice que toda resolución del poder público debe ser motivada. “No habrá tal motivación si en la resolución no se enunciaren normas o principios jurídicos en que se haya fundado, y si no se explicare la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho”. El Estado de Derecho impide absolutamente la arbitrariedad, más aún, la sanciona, de allí que los poderes públicos cuando expiden cualquier acto, llámese ley, reglamento, acto administrativo o sentencia, están obligados a ‘motivar’ la decisión en normas preestablecidas, lo que es una consecuencia del principio de legalidad, propio del derecho público. La falta de motivación resta eficacia a los actos del poder, les quita legalidad y legitimidad.

5.- El principio de responsabilidad.-   Todos los principios anteriores se articulan y se concretan en la responsabilidad política y administrativa del Estado y de los funcionarios y magistrados de toda índole, quienes deben asumir y reparar las consecuencias de sus actos cuando se adoptan violando la Constitución o la Ley o afectando a los derechos de los ciudadanos.  De allí que la CP ecuatoriana declare, en el artículo 1, que el Gobierno del Ecuador es republicano, presidencial, representativo... y ‘responsable’ y que en su artículo 20 establezca la obligación de indemnizar a los particulares por los daños que les irroguen como consecuencia de ... “los actos de sus funcionarios y empleados, en el desempeño de sus cargos”. Por otra parte, los arts. 120 y 121 de la CP establecen que no habrá dignatario, autoridad, funcionario ni servidor público exento de responsabilidad por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones .

6.- La seguridad jurídica.-  La seguridad  jurídica es  el elemento inspirador del Estado de Derecho, quizá es su razón de ser. Supone, primero, que los ciudadanos sepan que los actos, derechos y delitos estén previstos de antemano y, por otro lado, se asegura un mínimo de estabilidad en las reglas de juego admitidas por la sociedad, y así se protegen  los derechos de los individuos.  La seguridad jurídica es el hilo conductor de los demás principios del Estado de Derecho. La CP la entiende como uno de los derechos básicos. (art. 23, n. 26)

Publicado por Diario El comercio. Derechos reservados ® 2000-2007 C.A. EL COMERCIO

 
< Anterior   Siguiente >
 
Noticias
MODELO ECONOMICO AFECTA EMPLEOS  
Específicamente en el último año el desempleo subió de 8,6% en marzo del 2009 a 9,1% en marzo del 2010. El subempleo pasó de 51,9% a 56,5% en el mismo periodo, según datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).  

Síntomas negativos en la economía
El Econ. Roberto Villacreses, analista e investigador asociado al Instituto Ecuatoriano de Economía Política, deja claro el origen del problema: el año 2007 asume Correa y promueve un incremento significativo del gasto, un manejo heterodoxo de las finanzas públicas -según palabras del Primer Mandatario- que ha provocado déficits presupuestales crecientes desde el 2008 a la fecha.

Tres mercados captan el 52% de las ventas
Carlos Israel Guerra, analista pasante en el Instituto Ecuatoriano de Economía Política (IEEP), valora la importancia del mercado de EE.UU., por eso considera que si bien es cierto las preferencias arancelarias que otorga el Gobierno de EE.UU. han sido beneficiosas desde su implementación en 1992, sería mejor contar con un acuerdo que no necesite renovarse con regularidad.



http://www.ieep.org.ec/images/stories/logo%20ics.jpg
Próximos Eventos
SEMINARIO: 10 AÑOS DE DOLARIZACIÓN - LA IMPORTANCIA DE UNA MONEDA FUERTE PARA EL DESARROLLO DE UN PAÍS
Image El Instituto Ecuatoriano de Economía Política tiene el agrado de invitarlo al Seminario Internacional "10 Años de Dolarización: La Importancia de una Moneda Fuerte para el Desarrollo de un País" a realizarse el 16 de marzo de 2010 en la ciudad de Quito.
Hazte fan del IEEP
http://www.ieep.org.ec/images/stories/IEEP%20en%20Facebook.jpg
El IEEP es miembro de
http://www.ieep.org.ec/images/stories/articulos/logo%20relial.jpg
Lectura Recomendada
¡Y NO DIGAN QUE NO LES DIJE !
En esta obra el autor Temístocles Hernández desnuda con su pluma a los socialistas y sociolistos, a los tontos útiles y a los empresaurios, a los intelecuales de espaldas agachadas y a los oportunistas de rodillas desgastadas. Derrumba mito tras mito; mentiras y falencias se vienen abajo por la fuerza de la verdad a Hernández no le tiembla la voz ni la mano para clamar al viento una verdad tan grande como una catedral: el socialismo no funciona . De venta en el IEEP.
Más Información
La Filosofía de la Libertad
http://www.ieep.org.ec/images/stories/Filosofia%20de%20la%20Libertad.JPG
Análisis de la Políticas Públicas
No. 5: ¿LOS SUBSIDIOS EN EL ECUADOR VALEN LA PENA?
En este ensayo el Econ. Roberto Villacreses tratará de esclarecer algunas interrogantes sobre las transferencias del gobierno ¿Cuáles son los origenes teóricos de los subsidios? ¿Cuáles son las características de un subsidio "eficiente"? y los más importante si estos ¿Están ayudando a mejorar el bienestar de los más pobres en el Ecuador?.
Más Información


 
Visitas:
  Instituto Ecuatoriano de Economía Política 
 Higueras 106 y Manuel Rendón - Guayaquil, Guayas, Ecuador
 Casilla:09-01-1628  Phone:+593(4)288-1011 +593(4)288-5991
 info@ieep.org.ec
 
Diseñado por: www.sutelcom.com