| ¿CONTROL DEL MERCADO? |
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| Written by Francisco X. Swett | ||
La legislatura aprobó en semanas pasadas la denominada Ley Antimonopolio, formalmente conocida como Ley Orgánica de Regulación y Control de Mercado. El objetivo de la misma es el de proteger a los consumidores contra cualquier práctica coercitiva de mercado que vaya en desmedro de sus intereses y afecte su bienestar. Tales efectos se darían como consecuencia de, entre otras acciones, limitar la oferta frente a la demanda (y subir los precios); de conspirar o pretender cartelizar las actividades económicas en desmedro de la competencia por parte de empresas asociadas (dentro de grupos vinculados a un solo propietario o en un grupo de empresas agremiadas); de afectar la calidad de los productos (vender “gato por liebre”); o de imponer niveles de precios que no se justifican contra los márgenes imperantes en mercados competitivos. Todas estas conductas abusivas se dan cuando existe abuso del poder de mercado, y ello deriva en rentas excesivas para el productor o proveedor de bienes y servicios. El monopolio es la antítesis del libre mercado, definido el mercado como el ámbito de encuentro entre productores y consumidores donde ningún ofertante está en capacidad de definir, a su sólo arbitrio, el nivel de los precios. En un régimen de competencia perfecta, los precios son determinados en función del equilibrio de la oferta y la demanda, y la cantidad ofertada es determinada por el punto en el cual los ingresos originados en la última unidad producida (ingreso marginal) son iguales al costo de producirla (costo marginal). La doctrina del libre mercado establece, además, que los consumidores están informados (poniendo en evidencia la necesidad de diseminar la información e incluirla como un elemento integral de la política pública para reforzar la libre competencia); que tienen opciones de consumo (en cuanto a productos alternativos y calidad), y que no hay diferenciación entre productos (por marca, o inducidas por el marketing, por ejemplo). Por último, la definición correcta de monopolio establece que hay un solo vendedor, de la misma forma que, si hay un solo comprador, se produce el reverso del fenómeno, esto es el monopsonio. Cuando hay más de un agente de mercado, en el caso de las ventas, se habla de duopolio (dos proveedores), u oligopolio (pocos proveedores). Si la misma teoría reconoce que la concentración de poder en el mercado conlleva una serie de efectos potencialmente negativos, entonces lo lógico es que una ley Anti-Monopolios persiga el objetivo de amparar y promover la competencia. Veamos entonces cómo cuadra la legislación propuesta con la defensa del mercado. Al margen de los preceptos teóricos, la concentración económica dentro de los mercados se origina en la interacción de varios factores o barreras económicas que incluyen las economías de escala, los requerimientos de capital, las ventajas de costos, y la superioridad tecnológica. Las economías de escala ocurren cuando la producción de bienes está asociada con costos decrecientes en rangos más bien amplios de volumen de producción; si hay umbrales de tamaño, y estos no están al alcance de todos los agentes, entonces sólo aquellos que lo traspasan pueden crecer y expandirse. La producción de todo bien o servicio, más aún, está asociada con costos subyacentes de capital que pueden ser cubiertos solamente por aquellas firmas que tienen los recursos para invertir y financiar las actividades de riesgo que son propias del quehacer económico, y por las empresas que, como corolario de lo anterior, cuentan con los recursos para adoptar o inclusive crear las tecnologías más eficientes que incrementan la competitividad. Por cierto, la eficiencia es el producto de la calidad del liderazgo de quienes manejan las empresas (Steven Jobs en Apple viene a la mente), de su visión y conocimiento del mercado, de la capacidad creativa, del buen marketing (mencionemos la Coca Cola), y del genio para hacer buenos y rentables negocios. Ser grande, por lo tanto, no es sinónimo de ser perverso o económicamente negativo. El progreso económico de la humanidad a partir de la Revolución Industrial se ha producido, precisamente porque las unidades de producción se volvieron más especializadas, eficientes, y llegaron con sus productos a mayor cantidad de consumidores. Se dejó atrás la economía de subsistencia y se afianzó la organización moderna de la economía. A esta noción se opone el abuso de mercado, viniere de donde viniere: del sector privado o estatal, desde adentro de la economía o desde el exterior. Es por ello que la política pública debe defender a la competencia y no pretender regularla mediante arbitrios y juzgamientos burocráticos que tienen, precisamente, el efecto contrario de lo que se busca. El apoyo a la competencia en una economía como la nuestra no es tarea de titanes. Radica éste en el diseño de una política pública que busque ampliar la oferta y los ofertantes a través de la apertura del comercio y el ingreso no discriminado de los productos, y que defienda la inversión interna y externa. Hacer las cosas de otra forma, restringiendo la competencia bajo el supuesto de defender a los productores locales, es propiciar las condiciones para la desigualdad y para la fragmentación del mercado por cuanto se crean condiciones para que los vendedores extraigan rentas excesivas a los compradores. En el Ecuador, por ejemplo, hay un duopolio en las telecomunicaciones móviles, y el mismo es el engendro de la política pública que prefirió extraer grandes recursos a las operadoras por la vía de las concesiones: al hacerlo limitó automáticamente el mercado, condenó a los consumidores a recibir un servicio mediocre, empinó el costo de las tarifas de consumo (toda vez que, siempre, al final del día quienes pagan la cuenta son los consumidores). En un diseño alternativo, el gobierno hubiera propiciado la apertura del mercado, invitado a más operadores, apoyado una estructura tarifaria más favorable al consumidor, y exigido la calidad en el servicio. De igual forma, cuando el Gobierno Nacional proclama su defensa a rajatabla de la sustitución de importaciones, lo hace a sabiendas que defiende a unos cuantos industriales (por ejemplo, en la manufactura de calzado o en el ensamblaje de vehículos) a expensas del público usuario. Cuando se imponen trabas al comercio y la demanda agregada de la economía toda se desplaza como consecuencia de la aceleración agresiva del gasto público, lo que se propugna es el contrabando, la corrupción, y la pérdida masiva de ingresos para el Estado. Esto por cuanto, siempre, la demanda, cual torrentoso caudal, busca su destino final en el consumo (de bienes transables en este caso) y la demanda es a su vez la consecuencia de los ingresos que, en el caso actual del Ecuador, se originan en el incremento sostenido del gasto corriente del gobierno. Por lo tanto, nos enfrentamos a una circunstancia en la cual la propia política pública crea las circunstancias de concentración de mercado en desmedro de la competencia, y por otro lado busca reprimirla mediante una ley que, supuestamente, ampara el interés del consumidor. La defensa de la competencia es coartada por la exclusión de las empresas públicas ante los alcances de la ley. En Economía todas las actividades se miden con la misma vara y no hay justificativo alguno para defender el monopolio de las empresas públicas que venden combustible, electricidad, o telecomunicaciones y que no se caracterizan, ninguna de ellas, por ser eficientes, bien administradas, o competitivas. Los bienes y servicios que ofrecen desde los combustibles que venden, hasta la electricidad o el agua que proveen (actividades en las que, además, la mayor parte de ellas alcanzan niveles de facturación que oscila entre el 50% y 75% del agua o electricidad que entregan) no tendrían mercado en condiciones de competitividad. A ellas no se le aplican los remedios draconianos que la ley de marras propone para las empresas privadas que fueren acusadas, justa o injustamente, de violaciones del mercado y que alcanzan sanciones que son hasta seis veces los valores de los impuestos a la renta que normalmente pagan. Se erige en esta ley al tribunal de la Inquisición, que de santa no tuvo nada. El juzgamiento de las prácticas económicas ya no quedará en las manos del mercado, y fundamentalmente de los consumidores que con su “voto” de consumir un producto o su alternativa definen la prosperidad o el fracaso de las empresas, sino que pasará a una Superintendencia de Control del Poder de Mercado, poblada, lo más probable, por personeros ante quienes podrá acudir cualquier resentido competidor (presumiblemente ineficiente) o quien fuere que tuviere alguna cuita contra un determinado productor de bienes o servicios. La capacidad de chantaje que existirá hará de estos funcionarios los ciudadanos con mayor poder de decisión en el país. Tendrán ellos la capacidad para decidir sobre la suerte de las empresas y de sus accionistas, sobre los empleos que se eliminarán, los impuestos que se dejarán de recaudar, y la relación del país con el exterior: en definitiva, tendrán el poder sobre el bien y el mal; algo que no debe ser potestad de humano alguno. La economía, que toma la forma que los agentes y gobiernos le dan, es mejor manejada cuando se aúna la competencia y no cuando se busca, en forma contraproducente, controlar al mercado. No se trata de unas cuantas empresas o codiciosos capitalistas que están en juego, sino las reglas propias del convivir. La evidencia de que la libertad económica y la prosperidad van de la mano no está en discusión; la falta de libertad está siempre asociada con la pobreza y el retraso. Esta Ley, que coarta seriamente la libertad económica es una mala idea, y le pasará la cuenta al país al blandir la amenaza de “linchamiento legal” como arma efectiva de coerción contra quienes osen crecer y ser eficientes, pero puedan ser juzgados y condenados por considerárselos políticamente incorrectos. Francisco Swett, Octubre 2011
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